15.5.09


NI CON CHULETA APRUEBAN: Informe de Incidencia Territorial… NEGATIVO.

Seguimos con nuestra línea de información al respecto de lo que va aconteciendo con el desarrollo de este Plan General del des-gobierno municipal de Torrox. Un nuevo episodio nos contempla: tras las sucesivas “cagadas” que ya venimos denunciando en lo relativo a las obras del “Plan Zapatero”, con este tema tampoco nos podían fallar, claro…

Veréis, previamente os explicamos y resumimos un poco cómo van estas cosas:

PASO 1: una vez que un Ayuntamiento va elaborando dicho Plan (PGOU), se supone que también, y paralelamente, debe ir contando con las opiniones y aportaciones de los colectivos del pueblo y de los vecinos y vecinas. Algunos/as recordaréis (y si no, os lo recordamos nosotros/as) que cuando el PSOE-PA afrontó su revisión del Plan en 2005-2006, se habilitó una Oficina de Información y Asesoramiento con personal especialmente contratado y con horario ampliado en el OALDE (Escuela Taller), que también se mantuvo abierta durante el periodo mínimo de alegaciones, el que os vamos a explicar…
Esto es de cara a ir elaborando el documento, os recordamos.

PASO 2: cuando el documento está listo, se somete a APROBACIÓN INICIAL por parte del Pleno Municipal, y se envía a una COMISIÓN PROVINCIAL integrada por los organismos que algo tienen que decir al respecto del PGOU y que finalmente darán el “ok” para sacarlo adelante y llegar a la aprobación definitiva: en este caso, la Delegación Provincial de Medio Ambiente, la de Vivienda y Ordenación del Territorio, y la de Cultura. Ellas reciben el documento, lo estudian y contestan. Su respuesta recibe el nombre de y se plasma en un “INFORME DE INCIDENCIA TERRITORIAL”.
Paralelamente, se debe haber abierto un plazo legal (no menos de dos meses) en el Ayuntamiento para que los vecinos y vecinas aporten sus ALEGACIONES (en dicho plazo, fue cuando nosotros pasamos la encuesta y luego formulamos nuestra alegación unificada de Juventudes).

PASO 3: con lo que diga este INFORME DE INCIDENCIA TERRITORIAL (positivo o negativo), y sumándole el resultado de las alegaciones vecinales y de los colectivos, el Ayuntamiento debe corregir su propuesta inicial de PGOU, adaptarla y volver a iniciar el proceso de nuevo para subsanar los errores o añadir cosas que faltaban… Cuando, finalmente, la Comisión Provincial emita un Informe POSITIVO, se procedería a la APROBACIÓN DEFINITIVA del Plan y éste entraría en vigor.

¿Por qué el PGOU que propuso el PSOE en 2006 entonces no tuvo esa aprobación definitiva y también obtuvo un Informe de Incidencia NEGATIVO? (os preguntaréis…)

Básicamente (y no es una excusa), porque justo en el periodo en que la Comisión lo valoraba y estudiaba, hubo cambios legislativos importantes que nos afectaron, como el famoso “Decreto del 30-40”, el que indicaba que en los nuevos Planes Generales no se podía superar un 30% de la población existente (aplicando una media de 2,4 habitantes/nueva vivienda) ni un 40% del territorio o suelo ya consolidado… esto fue un “chasco” del que no nos pudimos reponer porque justo vino el periodo electoral de 2007, y bueno, ya sabéis todos/as lo que pasó…

Pero, claro, dentro de lo “malo” también se podría haber sacado algo bueno… el actual equipo de des-gobierno ya conocía ese Informe negativo y, con él en la mano, a la hora de ejecutar su “caprichito” de hacer un nuevo Plan, al menos podían haberlo tenido en cuenta para el suyo… eso es lo que manda el sentido común, ¿no? No hay que ser un “lumbreras” para aprovechar eso y aplicarlo… ¿no? Pues NO, oye… se sacan de la manga una nueva propuesta de Plan, empezando de cero y gastando en ello 80.000 euros de las arcas municipales (dinero de todos y todas), para obtener un Informe de Incidencia que (oh, sorpresa…), precisamente falla en esos porcentajes y en otras cosas más que no tienen ni pies ni cabeza (más que una propuesta inicial de PGOU pareciera un trabajo de Primaria con erratas lógicas a esa edad, pero impropias de un ayuntamiento que se presupone serio y eficiente…).

Os resumimos unas pocas:

INFORME DE MEDIO AMBIENTE: NEGATIVO.

Deberán realizar una descripción más detallada y ubicación de los servicios y equipamientos especializados (Punto limpio, recogida selectiva, estación de transferencia de residuos, planta de compostaje, recogida de escombros).

No se aporta un “Estudio Acústico Predictivo” (Ruidos) de los nuevos crecimientos previstos, ni se aporta en formato CD la documentación ni los planos.

No se aporta un “Estudio de Impacto Ambiental” del PGOU firmado por el técnico correspondiente.

No se certifica, por parte del Secretario Municipal, el resultado del proceso de Información Pública del documento y del Estudio de Impacto Ambiental, ni se acredita que se haya abierto el plazo de alegaciones, ni el contenido de éstas.

INFORME DE VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO: NEGATIVO.

NO CUMPLE LAS DETERMINACIONES NI DEL POTA (Plan de Ordenación Territorial de Andalucía), NI DEL POTAX (Plan de Ordenación Territorial de la Axarquía), NI DE LA LOUA (Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía):

La Ley dice que los crecimientos no pueden superar el 30% de la población existente:
Presentan datos diferentes y contradictorios sobre la población real y prevista que difieren del censo en más de 20.000 habitantes, de tal manera que supone, en el mejor de los casos, un incremento de población superior del 89,52% y en el peor más del 136% .

No se puede superar el 40% del Suelo consolidado: Pero su propuesta supera el 63% del suelo actualmente clasificado como urbano.

Contraviene la legalidad vigente clasificando suelos que superan la pendiente del 50% y calificando suelos con pendiente media superior al 35% , como edificables.

No recoge el carácter de SUN de especial protección de las vías Pecuarias.

No se garantiza la disponibilidad de recursos hídricos para los crecimientos previstos.

No se justifica la viabilidad de las infraestructuras previstas sobre el Ciclo Urbano del Agua (POTA art.96.4).

“No existe ninguna reflexión ni en planos de ordenación ni en el documento sobre el trazado del Corredor Ferroviario”. Tampoco se da respuesta al vial intermedio tal y como establece el POTA.

No existe ningún espacio que pueda considerarse de carácter supramunicipal de acuerdo con el POTA, sólo el puerto deportivo.

Se tendrá que adaptar el diseño de infraestructuras y equipamientos a las necesidades de la población con discapacidad y movilidad reducida (Movilidad Urbana).

Deberá adaptarse a los criterios territoriales para la protección del territorio y prevención de riesgos: incumple 5 artículos del POTA

INFORME DE CULTURA: NEGATIVO.

Desaparece la Casa de la Moneda (según ellos, no existe en el pueblo).

No presentan ningún catálogo de Bienes Protegidos y patrimonio arqueológico.

Desaparece el ámbito de protección de los BIC (Bienes de Interés Cultural) y su categoría de máxima protección.

No se han plasmado las distintas protecciones territoriales ni BIC, ni yacimientos arqueológicos en los planos de clasificación.


Y eso que tenían la “guía” del anterior Informe (desafortunadamente) NEGATIVO… ¿Para esto hacía falta gastar 80.000 euros más (y más los que vendrán para corregir todos estos fallos)? ¿Para este viaje esas alforjas?

INCOMPETENCIA, INOPERANCIA, IRRESPONSABILIDAD…

Para “mear y no echar gota”…

Seguiremos informándoos…

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